domingo, 5 de abril de 2015

EL CANARIO DE MOÑA ALEMANA
Como se selecciona y como se enjuicia.

Interesante artículo aparecido en Italia Ornitológica .
G. Passignani, N. Giordano, L. Todisco

            En diversas razas de canarios de forma y posición está presente el apartado color y, dejando aparte evidentes diferencias morfológicas, en casi todas estas razas se exigen análogas características para este apartado. El color debe ser de la misma calidad, tanto si es unicolor como si es pintado.  La única diferencia está en que en algunas razas se permite la coloración artificial.
            Pero hay una raza en la que el color es fundamental, nos referimos al canario de Moña Alemana. Esta es una  raza que podemos definir como anómala porque para las exposiciones solo se reconoce la variedad moñuda; la variedad de cabeza lisa no se considera, y es necesaria exclusivamente con fines reproductivos. Aunque se ha dicho que el canario de Moña Alemana se diferencia del canario de color únicamente por la moña, según se dice en el estándar de perfección, la experiencia nos dice que la forma y la posición no son del todo idénticas a la del canario de color:
    



el cuello es menos robusto en su unión con el tronco,

 

 la posición es ligeramente más levantada; por lo que el Moña da la impresión de potencia y elegancia.
            Posiblemente haya sido la introducción de la moña la que “ha suavizado” la forma del canario. Sin embargo, ya que el estándar dice todavía que esta raza “con la excepción de la moña, es del todo similar al Canario de Color” consideramos que lo dicho es solo una observación nuestra, que puede ser objeto en un futuro, de sucesivas verificaciones entre los criadores de esta raza y sobre todo con los criadores del país originario que detenta el estándar y que es el que puede promover su modificación.
            Para el Moña Alemana se reconocen solo dos variedades, lipocromos y melánicos, y se admiten todos los tipos y variedades de los Canarios de Color, tanto lipocromos como melánicos, intensos, nevados y mosaico. Recordamos que no se consiente ninguna mancha, y que las uñas y el pico deben ser oscuros en los melánicos y claros en los lipocromos.




            Para los ejemplares lipocromos se admite manchas melánicas en la moña, que se pueden extender hasta la parte alta de la nuca.
            En los ejemplares melánicos hay que observar atentamente el tipo, la categoría y la variedad, mientras que en los lipocromos debe considerarse la categoría y la variedad (falta el tipo porque falta la parte melánica).
            En la escala de valoración del Moña Alemana, se establece un máximo de 20 puntos en lo que se  refiere al color y al diseño, tanto para los melánicos como para los lipocromos. Por el contrario, en los Canarios de Color, en particular en los melánicos, la suma de los puntos relativos a tipo, categoría y variedad suman 55 puntos (respectivamente 30, 10 y 15) y en los lipocromos la suma de categoría y variedad alcanza los 55 puntos (respectivamente 30 y 25).

  
            Por estas razones creemos que es una exageración decir que el Moña Alemana es similar a un Canario de Color excepto por la moña. En el Moña Alemana, tanto en la selección como en el enjuiciamiento,  es necesario mirar atentamente la uniformidad del diseño y del color, independientemente del tipo que es, sin embargo, una característica específica del Canario de Color.
            Los criadores y jueces de los Canarios de Forma y Posición Lisa, a la que pertenece el Moña Alemana, no deben tener los conocimientos especializados de los Canarios de Color.
            El juez, en particular, no está obligado a conocer – por ejemplo -  si un Moña Alemana es negro pastel alas grises amarillo intenso, si tiene las manchas melánicas bien distribuida y definidas en el extremo de las plumas primarias, o si el diseño de la espalda es el previsto en el estándar del Color.  Por tanto, en la planilla de enjuiciamiento, el juez solo debe especificar si se trata de un ejemplar lipocromo (amarillo, rojo o blanco) o melánico (amarillo, rojo o blanco).
            Un juez de postura, lo recordamos, debe saber reconocer y valorar la uniformidad del color y del diseño, lo que vale tanto para el Moña Alemana como para el Border, el Fife, etc.
            En el Moña Alemana hay que poner especial atención a la posible presencia de manchas en el plumaje, pico y patas  en el caso de  los lipocromos. En los mosaicos hay que tener presente la intensidad del lipocromo en las zonas de elección.



¿Por qué en estos casos nos centramos especialmente en la variedad?  Porque queremos hacer frente a un concepto apoyado en el pasado y que la Comisión Técnica había hecho suya. Se dijo que los jueces de postura, cuando enjuiciasen “ejemplares que pertenecen a nuevas mutaciones o en caso de duda, no deben  tener miedo de pedir consejo a los jueces especializados en Canarios de Color.”.



            Bueno, creemos que el Moña Alemán debe evaluarse sólo por el juez competente en postura lisa, para evitar la confusión y las disparidades de seguridad de juicio sobre un mismo ejemplar, sólo el Juez de Postura es capaz de hablar con competencia sobre la calidad de la moña, de valorar los distintos apartados del estándar y puntuar correctamente el color y el diseño.
           
            

No hay comentarios:

Publicar un comentario